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Propuesta de política pública de recaudación de Impuesto el Patrimonio en el Gravamen Especial para los Bienes Inmuebles ubicados dentro del espacio turístico.


La península de Baja California se ha caracterizado por contar con una de las regiones más biodiversas de México; el colindar con el océano pacífico y el Golfo de California ha propiciado un clima mediterráneo, árido y boscoso en diferentes zonas de la península, por lo que cuenta con diversas especies de flora y fauna en el área, además de contar con especies endémicas y sitios arqueológicos (González-Abraham, Garcillán y Ezcurra, 2010).
El nivel de conservación del área y el paisaje de las distintas áreas de la península ha influido en que sea atractivo turístico desde hace algunas décadas, área propicia para las actividades denominadas de aventura que se pueden realizar (Alpinismo, pesca deportiva, caminata, ciclismo, etc).
El Golfo de California es un sitio de importancia biológica y ecosistémica donde convergen diferentes tipos de especies marítimas, es un sitio de importancia para las actividades productivas, así como también para diversas actividades turísticas. El contraste del desierto con el mar le ha dado una singularidad para el desarrollo turístico en el área, siendo San Felipe, en la parte norte, donde se alberga la mayor derrama económica del Golfo de California. Es por esta importancia turística que desde la década de los noventas se ha impulsado el turismo de la zona, siendo en el 2010 cuando se realiza y se  publica en el Diario Oficial del Estado el Programa Regional de Desarrollo Urbano, Turístico y Ecológico del corredor costero San Felipe- Puertecitos en Baja California.  
A raíz de lo anterior es que han surgido distintos tipos de turismo en la región, aparte del tradicional turismo de recreación, en los últimos años ha tomado relevancia el turismo residencial en el Corredor Costero San Felipe-Puertecitos (CCSFP), el cual consiste en el alojamiento de personas que temporalmente se trasladan de su lugar de origen a otro cuya estancia es mayor que la estancia recreacional o turística (Huete, 2013 ; Raya-Mellado, 2001); con frecuencia este tipo de alojamiento no están bajo regla, es decir no son corporativos hoteleros, sino viviendas propias, rentadas o prestadas.
En los últimos años el turismo residencial ha tenido un desarrollo a la alza, atrayendo principalmente a estadounidenses a que vengan a vacacionar a nuestro país. El mercado central de este tipo de turismo son personas jubiladas con alto nivel adquisitivo y que poseen tiempo para vivir temporadas largas fuera de su hogar (Lizárraga-Morales, 2009); pero no todo es positivo ante esta situación, la falta de regulación sobre el uso de suelo y la generación de nuevos asentamientos a lo largo del corredor implica una demanda de infraestructura urbana y servicios que las autoridades de la región no son capaces de proveer, así también esta situación genera segregación espacial de la población y una serie afectaciones ambientales como son el aumento de la generación de residuos urbanos, problemas de contaminación del aire por el incremento de automóviles en la zona, mayor demanda de agua, entre otros.
Es por ello que a manera de propuesta de solución, se promueve por medio de ésta política pública la implementación del Impuesto sobre el Patrimonio, en el Gravamen Especial para los Bienes Inmuebles ubicados dentro del espacio territorial destinado por la Dirección de Desarrollo Urbano como zona turística, cuyo valor de propiedad ascienda los 750,000 pesos. Este impuesto es de modalidad anual y consiste en el pago del 1% del valor total de la propiedad con fines de cubrir los servicios e infraestructura urbana que esta actividad demanda; siendo lo anterior aplicable para personas no residentes y personas residentes en la adquisición de una segunda o más propiedades dentro de la delimitación territorial turística.
Toda aquella residencia con carácter turístico podrá reducir su impuesto a pagar siempre y cuando implemente tecnología sustentable para reducir su consumo de electricidad y agua, así como el reciclado y separación de residuos sólidos urbanos.
La dependencia recaudatoria será la Dirección de Recaudación de Rentas de los municipios que competan a esta actividad con el objeto de destinar el 60% de los fondos a la Dirección de Obras Públicas y el restante a la dirección de fomento al turismo de la localidad correspondiente.
Será de competencia y obligación del departamento de medio ambiente llevar a cabo los monitoreos necesarios para verificar que estas residencias cumplan con las tecnologías y separación de residuos para el otorgamiento de la reducción del impuesto, así como la prevalencia y buen funcionamiento de estas actividades, en caso contrario se retirará el descuento de forma temporal hasta que restablezcan los parámetros requeridos.

Bibliografía:
González-Abraham, C. E., Garcillán, P. P., Ezcurra, E. (2010). Ecorregiones de la península de Baja California: una síntesis. Boletín de la Sociedad Botánica de México, (87), 69-82.

Huete, R. (Octubre 10, 2013). El Turismo Residencial: oportunidades y amenazas para el desarrollo regional. Conferencia El Colegio de la Frontera Norte, Departamento de Estudios Urbanos y del Medio Ambiente. México:Tijuana.

Lizárraga-Morales, O. (2008), "Immigration and Transnational Practices of us Retirees in Mexico. A Case Study in Mazatlán, Sinaloa and Cabo San Lucas, Baja California Sur", Migración y Desarrollo, segundo semestre, pp. 93-110.

Raya-Mellado, P. (2001), Turismo residencial en Andalucía, Sevilla, Consejería de Turismo y Deportes de la Junta de Andalucía, España.  

Comentarios

  1. ¿Una política pública de tipo recaudatorio? Parece acertada.
    Considero que sería conveniente comentar sobre su viabilidad: ¿Qué posibilidades de éxito existen para una propuesta así? Independientemente de la reacción de los potenciales contribuyhentes, ¿la autoridad estaría de acuerdo en aplicarla? Adicionalmente, ¿cómo reconocer escenarios de éxito o fracaso de la propuesta?

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